Algunos temas abordados para sustentar teóricamente mi tesis, la que tuve que defender para obtener el grado de maestro en gerencia pública en la Universidad Nacional de Ingeniería (UNI), los iré incorporando a este blog, evidentemente, con los ajustes necesarios para este efecto.
PRINCIPALES INDICADORES ECONÓMICOS HACIA MEDIADOS DE 1990 | ||
Indicador | | Monto |
Crecimiento del PBI | % | -7.3 |
Inflación anualizada | % | 4,778.00 |
Ingresos Corrientes | % PBI | 5.6 |
Gastos Corrientes | % PBI | 14.2 |
Intereses Deuda Pública Externa | % PBI | 8.0 |
Liquidez del Sistema Financiero | % PBI | 5.2 |
Crédito del Sistema Financiero | % PBI | 5.1 |
Desempleo Global | %PEA | 8.3 |
Sub - empleo | %PEA | 86.4 |
Adecuadamente empleado | %PEA | 5.3 |
Reservas internacionales netas | MILLONES US $ | -163 |
“La profundización democrática supone transparencia, información y mayor autonomía de los sectores sociales para tomar sus propias decisiones y asumir sus propios proyectos… el Estado es menos un agente económico directo y más un constructor de institucionalidad, es decir, del espacio público en el cual los agentes privados asumen responsabilidades.”[4] Tarea que se viene tratando de retomar en la presente década. Las diferencias de opinión sobre el papel económico del Estado se han visto reducidas en el presente siglo, “la visión actual del papel del Estado se ha traducido en dos iniciativas, la liberalización y la privatización.”[5]
Tener claro estos conceptos resulta importante para los efectos de cualquier trabajo en tanto que en la normatividad peruana (sobre gestión de intereses) utilizan conceptos como decisión pública y sujetos que comprenden los más variados niveles de decisión del Estado, todo ello , además, a tono con los aportes de la nueva gestión pública que no considera a la Administración como brazo ejecutor de las órdenes políticas (la separación entre política y administración cumplió su función en el modelo burocrático).
Resulta interesante investigar, como abogados, cómo estos conceptos se presentan en las normas del Derecho Administrativo o Derecho Constitucional. Es decir, cómo nuestro ordenamiento regula esta dicotomía entre política y administración; cómo se establece esta línea divisoria en la multiplicidad de cargos públicos en los tres niveles de gobierno (planteo el tema para seguir con la tónica del blog).
[1] LÓPEZ JIMÉNEZ, Sinesio. Ciudadanos reales e imaginarios. Concepciones, desarrollo y mapas de la ciudadanía en el Perú. Instituto de diálogo y propuestas. pp. 245-292
[2] OTERO BONICELLI, Carlos. Perú: gestión del Estado en el periodo 1990 – 2000. Serie Gestión Pública 14. ILPES-NACIONES UNIDAS-CEPAL. Santiago de Chile, setiembre 2001. Pág. 8.
[3] Mendoza Mayordomo, Xavier. Las transformaciones del sector público en las democracias avanzadas: del estado de bienestar al estado relacional. Conferencia pronunciada en el Seminario “la sanidad: un sector en cambio. Un nuevo compromiso entre la administración, usuarios y proveedores”, organizado por
[4] MUÑOZ GOMA, Oscar. Después de las privatizaciones. Hacia un Estado regulador. CIEPLAN. Pág. 45.
[5] STIGLITZ, Joseph E.
[6] El pacto fiscal: fortalezas, debilidades, desafíos. CEPAL. Santiago de Chile, 1998. Pág. 9
[7] SHAFRITZ, Lay y M. HYDE, Albert C. Clásicos de
Cultura Económica. Primera edición en español. México 1999. pp. 97 - 102
[8] SHAFRITZ, Lay y M. HYDE, Albert C. Clásicos de
Cultura Económica. Primera edición en español. México 1999. pp. 263 – 272.
[9] ETKIN, Jorge. Política, Gobierno y gerencia en las organizaciones. Acuerdos, dualidades y divergencias. 2000. Pág. 108.